Daños materiales
El daño material se considera de naturaleza meramente patrimonial, esto se refiere a qué sólo afecta los bienes materiales de una persona.
En los seguros el daño material es el que va a ser reparado por la compañía en caso de la existencia de un siniestro, es decir, que la aseguradora tiene la obligación de restablecer la pérdida que haya tenido el asegurado.
Dentro del derecho, lo daños materiales se diferencian de los daños morales; los primeros son causantes de una disminución o deterioro que puede ser compensado con dinero u otros bienes materiales; mientras que la segunda clasificación de daños, consiste en una reducción a nivel personal, de utilidad o íntima, la cual no es posible reparar directamente con dinero o bienes.
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