Riesgos
Se conoce como riesgos a la posibilidad de sufrir un perjuicio o daño en un bien personal o material. Cuando las probabilidades de que alguien o algo se encuentre vulnerable son mayores, el riesgo aumenta. En la jerga aseguradora la palabra riesgo se ocupa para expresar dos ideas diferentes:
- Riesgo asegurable: hace referencia al objeto que se puede asegurar.
- Riesgo: que expresa la posibilidad de sufrir un siniestro de manera imprevista.
Para que la posibilidad de un evento se considere como un riesgo, debe cubrir cierto tipo de características, algunas de éstas son:
- Incierto o aleatorio: el riesgo debe contener, indudablemente, cierto grado de incertidumbre, de lo contrario, se sabría el momento en que va a ocurrir un accidente y perdería la acepción de riesgo.
- Lícito: el riesgo al que está expuesto el asegurado no debe de estar restringido por la ley.
- Posible: debe existir la posibilidad de que suceda el evento al que el asegurado está expuesto.
- Fortuito: el riesgo debe cumplirse de forma inesperada.
- Concreto: el riesgo debe ser medible para la aseguradora, así, la empresa podrá determinar el costo de la prima y las posibilidades de que ocurra un siniestro.
- Contenido económico: una vez que el asegurado haya sido expuesto al riesgo, debe generarse una necesidad económica que sea cubierta por la indemnización.
Crédito: SiSeguros |
|
|